Registro de jornada obligatorio en España: lo que tu empresa debe saber
Desde 2019 todas las empresas en España deben registrar la jornada diaria de su plantilla. Qué exige la norma, cuánto tiempo guardar los registros y cómo cumplir sin complicarte.
6 de octubre de 2026 · 6 min de lectura
Desde mayo de 2019, tras el Real Decreto-ley 8/2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas a garantizar el registro diario de la jornada de cada persona trabajadora. Es una obligación general: no depende del tamaño de la empresa ni del sector.
Qué hay que registrar
Como mínimo, la hora concreta de inicio y de finalización de la jornada de cada trabajador, cada día. La norma no impone un sistema concreto: puede ser en papel, con una aplicación o con un sistema biométrico, siempre que el registro sea fiable y no se pueda manipular sin dejar rastro.
Cuánto tiempo hay que conservarlo
Los registros deben conservarse durante cuatro años y estar a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Cómo se organiza
La forma concreta del registro se organiza mediante negociación colectiva, acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión de la empresa previa consulta con la representación legal de las personas trabajadoras.
Qué pasa si no se cumple
No registrar la jornada es una infracción en el orden social que puede dar lugar a sanciones económicas. Además, sin registro la empresa tiene difícil demostrar cuántas horas se trabajaron realmente si surge un conflicto sobre horas extra.
El registro de jornada protege a ambas partes: al trabajador frente a horas extra no pagadas y a la empresa frente a reclamaciones sin base.
Cómo cumplir sin complicarte
- Usa un sistema digital: evita papeles perdidos y facilita los informes ante una inspección.
- Permite fichar fácilmente desde el ordenador o el móvil.
- Activa el cierre automático de jornadas olvidadas y deja constancia de las correcciones.
- Guarda los registros al menos cuatro años y que cada empleado pueda consultar los suyos.
- Revisa periódicamente si hay cambios normativos: la regulación del registro horario está en evolución.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento laboral profesional. Ante dudas concretas, consulta con un asesor o graduado social.